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¿Qué organismos genéticamente modificados se cultivan en México?


Por Carmen Báez

Ciudad de México. 6 de julio de 2017 (Agencia Informativa Conacyt).- El desarrollo de los organismos genéticamente modificados (OGM), que se obtienen a partir de la transferencia de genes de distintas especies, ha permitido incorporar características que los hacen más resistentes a plagas o condiciones ambientales adversas. Sin embargo, el cultivo de plantas genéticamente modificadas es un tema que genera debate a nivel mundial, principalmente por los riesgos que podría ocasionar la liberación de estos al medio ambiente, a la salud y a las actividades socioeconómicas.

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La falta de información fundamentada acerca de los efectos del uso de estos cultivos en el ambiente, y con la idea de fomentar la investigación en materia de bioseguridad sobre los efectos del uso de los OGM, en 1999 se formó la Comisión Intersecretarial de Bioseguridad de los Organismos Genéticamente Modificados (Cibiogem), institución encargada de establecer las políticas relativas a la seguridad de la biotecnología respecto a los OGM.

De acuerdo con Sol Ortiz García, doctora en ecología por el Instituto de Ecología de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) y secretaria ejecutiva de la Cibiogem, la primera liberación de un OGM en el país se llevó a cabo en 1996, con la autorización del cultivo de algodón y soya genéticamente modificados.

En entrevista para la Agencia Informativa Conacyt, Sol Ortiz García habla sobre el quehacer de la institución que encabeza y de los procesos que intervienen en la liberación de un organismo genéticamente modificado en territorio mexicano.

Agencia Informativa Conacyt (AIC): ¿Cuál es el objetivo de la Comisión Intersecretarial de Bioseguridad de los Organismos Genéticamente Modificados?

350-Dra-Sol-Ortiz-García-5.pngSol Ortiz García (SOG): La Cibiogem se conformó en 1999 y se encarga de coordinar la implementación de la Ley de Bioseguridad de los Organismos Genéticamente Modificados: desde que entró en vigor en 2005 y la regulación que requiera una actuación coordinada. Se ha buscado trabajar en coordinación desde las perspectivas y competencias de las diferentes secretarías que conforman la comisión.

La Cibiogem está integrada por seis secretarías de estado: la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa) y de la Secretaría de Salud (SSA), que tienen amplias competencias en materia del uso seguro de organismos provenientes de la biotecnología moderna, pero también están la Secretaría de Economía (SE), Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y la Secretaría de Educación Pública (SEP), para cuestiones de difusión y educación en ese tema tan interesante y controversial.

AIC: ¿Qué procesos intervienen para la liberación de un OGM al ambiente?

SOG: En función de cuál es el organismo genéticamente modificado que se pretende liberar, de su uso y en dónde, pueden intervenir la Semarnat y la Sagarpa. Cuando se trata de un cultivo agrícola, esta última revisa la documentación (requisitos que acompañan una solicitud de liberación de un OGM al ambiente) y pasa el expediente a la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental de la Semarnat. En función de sus respectivas evaluaciones de inocuidad, sanidad vegetal y animal y de efectos al medio ambiente y la diversidad biológica, pueden decidir otorgar o no el permiso.

La información detallada que se debe incluir en la solicitud está en el Reglamento de la Ley de Bioseguridad de los Organismos Genéticamente Modificados, en el artículo 31 donde se ve la caracterización molecular, cuál es el organismo receptor, cuál es la modificación y dónde se pretende liberar. Hay además una serie de principios asociados a lo que llamamos la evaluación del riesgo.

Otro de los requisitos, además del estudio de riesgo que presentan quienes requieren hacer una liberación de un OGM que no se originó en México, es saber cuál ha sido su categoría legal fuera del país, es decir, si ha sido evaluado y está aprobado para su uso, como por ejemplo de alimento y el procesamiento. Todo lo anterior se conoce como principio del caso por caso y paso por paso.

El principio caso por caso consiste en analizar qué se modificó, a cuál organismo y dónde se pretende llevar a cabo su liberación al ambiente, así como su uso provisto. El principio paso por paso está reflejado en nuestra ley y se refiere a la etapa de liberación experimental que es la inicial, después de la utilización en confinamiento, le sigue la etapa de liberación en programa piloto, etapa de liberación comercial.

Para tener permiso de liberación en programa piloto y comercial se requiere previamente contar con la autorización de la Secretaría de la Salud.

La primera solicitud en México para la liberación al ambiente de un OGM se realizó en 1988. Tenemos casi 30 años generando este tipo de experiencia.

AIC: ¿Cuáles serían los aspectos que frenan el proceso de autorización para el cultivo de un OGM?

SOG: Además de los requisitos técnico científicos, también hay requisitos legales. Por ejemplo, si se solicita la siembra de un cultivo GM en alguna región considerada centro de origen de diversidad genética, se debe tratar de un cultivo que no sea originario de esas regiones. 

AIC: ¿Cómo puede la sociedad involucrarse en estos procesos?

SOG: La sociedad puede participar de varias formas: la primera es conociendo los procesos a través de la página de la Cibiogem. Otra forma más específica es mediante la consulta pública: para todas las solicitudes de liberación al ambiente hay un periodo de consulta pública, y cualquier persona puede revisar la información del permiso, que no incluye información confidencial, pero sí aquella que permite un análisis con elementos científicos y técnicos, y puede opinar de forma fundamentada para, por ejemplo, que la autoridad considere tener mayores medidas de bioseguridad en caso de que se otorguen los permisos.

Junto a la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas se realizan consultas a pueblos y comunidades indígenas asentados en regiones donde se pretenda la liberación de organismos genéticamente modificados.

AIC: ¿En qué consisten estas consultas?

SOG: Nos adaptamos a los usos y costumbres de las comunidades pero de acuerdo con los protocolos que estamos siguiendo, las consultas se componen de cinco fases. La primera es una fase de acuerdos previos, acordamos fechas de consulta, formas de consulta, información que sea relevante para el proceso de consulta.

La fase informativa consiste en dar información de forma culturalmente adecuada para la toma de decisiones de las comunidades y escuchar las inquietudes de las comunidades. Luego viene la fase deliberativa, aquí por lo general, no participamos las autoridades y es un proceso que se da en el interior de las comunidades.

Posteriormente, realizamos la fase de consulta, donde las comunidades nos informan cuáles son las posibles afectaciones que visualizan puede traer la actividad, en este caso, la siembra de algún cultivo genéticamente modificado y sustentan su opinión al respecto; durante esta fase se busca lograr el consentimiento o alcanzar acuerdos. Posteriormente se da la fase de seguimientos de acuerdos.

230-Maiz-177.pngOtras de las características muy importantes que deben tener los procesos de consulta indígena —de acuerdo con los estándares internacionales— es que deben ser previas, libres, informadas y de buena fe. Además, para que sean culturalmente adecuadas, si así lo solicitan, se requiere de la participación de intérpretes de la lengua indígena de la comunidad consultada.

AIC: Actualmente, ¿qué OGM se cultivan en México?

SOG: Toda la información sobre los OGM que se cultivan en nuestro país y los que se utilizan, por ejemplo, en confinamiento, se puede encontrar en el Registro Nacional de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados que está en la página de la Cibiogem.

Para el caso de autorizaciones para consumo humano y el procesamiento, se tienen aprobados en México 146 diferentes eventos de cultivos genéticamente modificados, 70 de estos corresponden a maíz. Sin embargo, actualmente la siembra de maíz genéticamente modificado en México está suspendida.

Se tienen también permisos de siembras piloto y comercial para algodón en el norte del país. Además, hay siembras a nivel experimental de trigo, limón y naranja, entre otros cultivos.

 

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